Asistencia al cónclave de Cardenales Españoles.
Asistencia de los Cardenales Españoles al cónclave.
CARDENALES ESPAÑOLES.
En cuanto el Gobierno de España sabe oficialmente ta muerte del Pontífice, envía orden terminante a los Cardenales nacionales para que, sin excusa ni pretexto alguno, se pongan inmediatamente en camino y asistan al Cónclave.
Llevándose siempre con tanto rigor el no permitir a los purpurados españoles que dejen de asistir al Cónclave, que cuando el Cardenal Arzobispo de Toledo se excusó, enviando certificados de los médicos de cabecera, al recibir la Real Orden de 12 de Diciembre de 1830; se desestimaron sus excusas; y en 20 del mismo mes y año se le reiteró, con tanta energía, la orden de ponerse inmediatamente en camino, que lo verificó el dia 24, a las cuarenta y ocho horas de recibir la segunda Real Orden, según consta en su comunicación de 22 de Diciembre de aquel año.
El Rey de España en 1799, expidió un Decreto disponiendo que los Arzobispos y Obispos, según la disciplina eclesiástica, usen de toda la plenitud de sus facultades durante la Sede Vacante, en materia de dispensas, etc., y que lo hagan conocer a los fieles por medio de pastorales.
Indicados ya los puntos principales de esta situación, tanto para el Gobierno como para su representante en Roma, relataremos lo ocurrido en 1878 a la muerte del Pontífice Pío IX, extractando la parte principal del Ceremonial de la Corte Pontificia durante la Sede Vacante, Cónclave y Coronación del Papa; pudiendo, como testigos presenciales de todas estas ceremonias, describir con bastante exactitud el ceremonial adoptado por la Santa Sede, "sub hostile dominatione".
-
11009
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
La intervención del Ministerio de Estado en los primeros momentos del fallecimiento del Soberano es muy corta, y eu los actos relativos al entierro es sólo indirecta.
-
Representantes Extraordinarios tanto de Europa como de América y de Asia, expresan a S.M. la Reina Regente, Doña María Cristina sus condolencias.
-
Franquicias concedidas a los Embajadores, los Ministros Plenipotenciarios, los Ministros Residentes, los Encargados de Negocios y y los Secretarios de Legación que representan a España en el extranjero.
-
Disposiciones que se rilan en el Real decreto de 26 de Agosto de 1872 y que deben tenerse presentes para la tramitación de los expedientes de dispensa.
-
Credencial para la sustitución de un Enviado extraordinario u otro nombramiento.
-
En los primeros tiempos, el gobierno quedaba en manos del clero romano.
-
Una ligera explicación de ciertos usos y costumbres de la Corte española.
-
La parte relacionada con el bautizo es completamente potestativa de la Casa Real.
-
Comunicación a la Corte de la nota u oficio pasado a una Legación.
-
Comunicar el contenido de un Despacho a una Legación o Centro Oficial por medio de una Real Orden.
-
Modelo de Despacho para remitir la cuenta y justificantes de los gastos extraordinarios del trimestre.
-
Economía política, Estadística, sistema colonial de España...